Todo lo que debes saber sobre la Cancelación del certificado de sellos digitales
En el ámbito fiscal, uno de los elementos operativos más importantes para las empresas es su certificado de sello digital (CSD).
Este certificado permite a las empresas emitir facturas electrónicas (CFDI) y realizar otras operaciones fiscales de manera segura y confiable. Sin embargo, en ciertos casos, la autoridad fiscal puede ordenar la restricción temporal o cancelación del CSD.
En RMRAbogados, nuestro equipo de expertos en defensa fiscal tributaria cuenta con una amplia experiencia en la defensa de certificados de sello digital ante posibles cancelaciones. Sabemos que es fundamental contar con una estrategia sólida para defender el CSD de la empresa ante la autoridad fiscal, y nos enfocamos en analizar cada caso en particular para determinar la mejor estrategia de defensa.
Cancelación del CSD no acreditar existencia de operaciones con empresas listadas en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
Una de las revisiones de auditoría fiscal más extensas del Servicio de Administración Tributaria, es la relacionada con operaciones realizadas con empresas “fantasma” (art. 69-B).
El SAT no sólo está rechazando la deducción de la partida, sino también restringiendo y cancelando el certificado de sellos digitales. El criterio de la autoridad es que si no se desvirtuó la presunción de inexistencia de las operaciones dentro de los 20 días siguientes a la publicación en el Diario Oficial de la Federación, ya no es posible hacerlo con posterioridad.
Esto limita la posibilidad de reincorporar el uso del certificado de sellos digitales.
Si la empresa tuvo operaciones con empresas listadas en términos del artículo 69-B, es recomendable que inicie una estrategia de defensa fiscal.
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