Jurisprudencia y tesis del Poder Judicial de la Federación
RENTA POR ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES. LOS ARTÍCULOS 125, 130 Y 132 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO QUE LO PREVÉN, NO TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
Síntesis: A través de una tesis aislada, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación convalidó la constitucionalidad del gravamen establecido en el art. 125 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y bajo el cual, el contribuyente persona física causa tal impuesto por la diferencia, si ésta es de más del 10%, entre el valor de avaluó y el de transacción.