REFORMA A LA LEY ANTILAVADO 2025: NUEVAS OBLIGACIONES Y RETOS PARA EL CUMPLIMIENTO CORPORATIVO
El 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una profunda reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), así como al Código Penal Federal.
Estas reformas marcan un parteaguas en el régimen de prevención del lavado de dinero en México, con impactos significativos para desarrolladores inmobiliarios, fiduciarios, asesores fiscales y empresas en general.
- Ampliación de Actividades Vulnerables
La reforma extiende el catálogo de actividades consideradas como vulnerables, incluyendo ahora:
– Fideicomisos (con umbrales más bajos)
– Desarrollos inmobiliarios
– Arrendamientos
– Operaciones con activos virtuales
– Servicios digitales
– Créditos intercompañía y cesiones de derechos
Esto significa que un mayor número de operaciones estará sujeto a obligaciones de identificación, reporte y conservación documental.
- Redefinición del Beneficiario Controlador
Se actualiza el concepto de beneficiario controlador, ahora entendido como la persona física que ejerce el control efectivo, incluso de forma indirecta, con un umbral de participación reducido del 50% al 25%.
Obligaciones:
– Identificación y documentación del beneficiario controlador
– Conservación de la información actualizada
– Reporte a la Secretaría de Economía en casos específicos
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- Inclusión de Personas Políticamente Expuestas (PEP)
Se incorpora el concepto formal de PEP, incluyendo tanto nacionales como extranjeros. Las empresas deberán implementar políticas reforzadas de identificación, monitoreo y evaluación de riesgo cuando estén frente a una operación relacionada con una PEP.
- Nuevas Reglas de Monitoreo y Reporte
– Aviso obligatorio en 24 horas ante operaciones sospechosas, incluso si no se concretan.
– Obligación de reportar operaciones sin actividad (avisos “en ceros”) con las mismas sanciones por omisión que un aviso de operación.
– Implementación de sistemas automatizados de monitoreo en tiempo real.
- Auditorías y Capacitación Obligatoria
Las empresas deberán:
– Realizar auditorías internas o externas periódicas, dependiendo del nivel de riesgo.
– Desarrollar programas anuales de capacitación en prevención de operaciones ilícitas.
- Conservación Documental
El periodo obligatorio para conservar documentación pasa de cinco a diez años, aumentando la carga operativa para sujetos obligados.
- Coordinación Penal y Reconocimiento de la UIF
Se otorga a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) el carácter de víctima u ofendido en los delitos de lavado de dinero. Además, se refuerza la coordinación interinstitucional con el SAT, la FGR, el INE y otras autoridades.
- Cambios en el Código Penal Federal
Se reforman disposiciones del Artículo 400 Bis, ampliando las sanciones penales por operaciones con recursos de procedencia ilícita, incluyendo ahora modalidades culposas o negligentes, lo que incrementa el riesgo penal para directivos y representantes legales.
Recomendaciones para las Empresas
- Revisar estructuras corporativas y fiduciarias para identificar nuevos sujetos obligados.
- Actualizar políticas internas de cumplimiento y procedimientos de identificación de beneficiarios y PEPs.
- Adoptar tecnología de monitoreo para cumplir con los avisos en 24 horas.
- Diseñar programas de capacitación y auditoría específicos para cumplimiento antilavado.
- Establecer expedientes robustos, documentados y conservados conforme al nuevo plazo legal.