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Reforma al CFF 2026: Cambios al Registro Federal de Contribuyentes

Reforma al CFF 2026 México


La Reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) 2026 trae consigo modificaciones relevantes al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), uno de los pilares de identificación y control tributario en México.

Estas medidas buscan fortalecer la verificación de identidad de los contribuyentes, depurar el padrón fiscal y garantizar que los registros activos correspondan a entidades y personas que efectivamente mantienen operaciones económicas reales.

En este contexto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplía sus facultades para validar la autenticidad de la información, suspender o cancelar registros inactivos, y negar inscripciones en casos con antecedentes fiscales negativos.
Para las empresas, estos ajustes implican un llamado urgente a revisar la solidez documental de sus registros, la actividad real de sus socios y la congruencia entre su operación económica y su situación fiscal.

Este análisis preparado por RMR Abogados detalla los puntos clave de la reforma y sus efectos en la gestión empresarial y fiscal, con una visión estratégica orientada a la prevención de riesgos legales y reputacionales.

REFORMA AL CFF 2026: Cambios al registro federal de contribuyentes

Facultad para verificar con fedatarios (Apartado C, fracc. VI)

Se añade un párrafo para que el SAT, vía reglas de carácter general, pueda requerir al fedatario público que informe, bajo protesta de decir verdad, sobre la autenticidad de los documentos presentados por personas físicas y morales en trámites fiscales.

Suspensión de actividades / disminución de obligaciones (Apartado C, fracc. XII)

Se propone suspender actividades o disminuir obligaciones cuando, en los tres ejercicios inmediatos anteriores, y sin estar obligados a ello, el contribuyente:

  • no haya presentado declaraciones,
  • no aparezca informado en declaraciones de terceros,
  • no haya emitido ni recibido CFDI,
  • no haya presentado avisos ante el RFC, y
  • no tenga requerimientos pendientes por cubrir.

Todo ello en los términos que establezca el SAT por reglas de carácter general.

Cancelación del RFC (Apartado C, fracc. XIII)

Se precisa la cancelación del RFC en los cinco ejercicios inmediatos anteriores, y sin estar obligados a ello, el contribuyente:

  • no haya presentado declaraciones,
  • no haya sido informado en declaraciones de terceros,
  • no haya emitido ni recibido CFDI,
  • no haya presentado avisos ante el RFC, y
  • no cuente con créditos fiscales.

También contempla la cancelación por defunción de personas físicas. La instrumentación será vía reglas de carácter general del SAT.

Negativa de inscripción al RFC para personas morales (Apartado C, fracc. XIV)

Se propone negar la inscripción cuando detecte que el representante legal, algún socio/accionista o cualquier integrante de la estructura orgánica de la persona moral:

  • En los supuestos de 17-H, fraccs. X, XI, XII o XIII, o de 69, décimo segundo párrafo, fraccs. I a IV y IX, y no haya corregido su situación fiscal; o
  • Forme parte de otra persona moral que esté en esos supuestos, sin haber corregido su situación fiscal.

Se agrega un segundo párrafo que habilita al SAT a definir, por reglas de carácter general, los requisitos y el procedimiento para validar la información al solicitar la inscripción.

Análisis jurídico y contexto fiscal

La inclusión de estas disposiciones en la Reforma al CFF 2026 responde a una política fiscal más estricta enfocada en la depuración del padrón de contribuyentes y la prevención de prácticas ilícitas, como la creación de empresas fachada o el uso indebido de identidades fiscales.

En los últimos años, el SAT ha identificado miles de registros activos sin operaciones reales o con inconsistencias en su actividad económica. Estas reformas buscan otorgar al fisco una herramienta legal para suspender o cancelar automáticamente aquellos registros que, de acuerdo con su análisis, se encuentren inactivos o con señales de riesgo.

1. Verificación con fedatarios públicos

La posibilidad de que el SAT solicite al fedatario público confirmar la autenticidad de documentos marca un nuevo nivel de colaboración institucional. Bajo este esquema, el notario o corredor deberá informar, bajo protesta de decir verdad, si los documentos presentados por los contribuyentes son auténticos.

Esta medida refuerza el control sobre las actas constitutivas, poderes notariales y documentos de identidad utilizados en los trámites fiscales. Además, contribuye a prevenir el uso de escrituras o identificaciones alteradas en la creación de sociedades o en la inscripción al RFC.

2. Suspensión de actividades por inactividad fiscal

La reforma contempla que el SAT podrá suspender actividades o disminuir obligaciones fiscales de los contribuyentes que, durante tres ejercicios consecutivos, no presenten declaraciones ni registren operaciones a través de CFDI.

En términos prácticos, esto implica que las empresas sin movimientos, sin declaraciones informativas o sin relación con terceros quedarán suspendidas del RFC, impidiendo que sigan emitiendo comprobantes fiscales o manteniendo obligaciones vigentes sin sustento económico.

Este punto busca cerrar la brecha de registros “inactivos”, pero también exige a los contribuyentes revisar periódicamente su estatus y mantener actualizada su información ante el SAT para evitar suspensiones injustificadas.

3. Cancelación definitiva del RFC

La cancelación del RFC es una medida más severa. Se aplicará a contribuyentes que, durante cinco ejercicios consecutivos, no presenten declaraciones, no emitan CFDI ni mantengan créditos fiscales pendientes.

En el caso de personas físicas, la defunción será causa automática de cancelación.
Este nuevo marco busca limpiar el padrón fiscal, evitando que se mantengan registros inactivos que puedan ser utilizados para operaciones simuladas o fraudulentas.

No obstante, las empresas deben tener claro que la cancelación del RFC tiene consecuencias legales y administrativas graves: imposibilidad de facturar, pérdida de personalidad fiscal y bloqueo de operaciones bancarias o comerciales.
Por ello, resulta esencial actuar preventivamente.

4. Negativa de inscripción para personas morales

Quizá el cambio más sensible para el sector empresarial es la negativa de inscripción al RFC para personas morales cuyos socios, representantes o administradores tengan antecedentes fiscales irregulares.

Si alguno de los integrantes de la estructura corporativa está relacionado con supuestos de los artículos 17-H o 69 del CFF —por ejemplo, cancelación del RFC, emisión de comprobantes falsos o incumplimiento reiterado—, el SAT podrá negar la inscripción de una nueva sociedad hasta que dicha situación se corrija.

Este control cruzado refuerza el principio de responsabilidad compartida y promueve la depuración de estructuras corporativas con antecedentes de riesgo fiscal.

Efectos prácticos para las empresas

Estas disposiciones, aunque técnicas, tienen implicaciones profundas. Las compañías deberán adoptar medidas de compliance fiscal más robustas, incluyendo:

  • Verificación de antecedentes fiscales de socios y administradores antes de cualquier inscripción o modificación del RFC.
  • Actualización permanente de declaraciones, CFDI y avisos al SAT, incluso en periodos sin operaciones relevantes.
  • Implementación de controles internos para garantizar la congruencia documental entre contabilidad, operaciones y registros fiscales.
  • Monitoreo constante del estatus del RFC para evitar suspensiones o cancelaciones automáticas.

Las empresas que mantengan una estrategia de cumplimiento activa estarán en mejor posición para evitar sanciones, asegurar su continuidad operativa y fortalecer su reputación ante autoridades y terceros.

El papel del asesor fiscal y jurídico

En este nuevo contexto regulatorio, los despachos especializados en derecho fiscal y corporativo juegan un papel determinante.
Contar con la asesoría de expertos permite no solo cumplir con los requisitos del SAT, sino también diseñar estrategias preventivas que protejan la integridad legal de la empresa.

En RMR Abogados, entendemos que las reformas al CFF impactan directamente la operación y el riesgo reputacional de los negocios.
Nuestro enfoque combina el análisis jurídico profundo con una visión empresarial, ayudando a nuestros clientes a mantener una posición fiscal sólida, transparente y alineada con la normativa vigente.

La Reforma al CFF 2026 refuerza el compromiso del Estado mexicano con la transparencia y el control fiscal.
Para las empresas, representa tanto un reto como una oportunidad: fortalecer su gobierno corporativo, documentar correctamente sus operaciones y asegurar que su registro fiscal refleje la realidad económica de su negocio.

Prepararse desde ahora será clave. La depuración del RFC no solo busca sancionar, sino optimizar el sistema tributario mexicano, garantizando que quienes forman parte de él cumplan cabalmente con sus obligaciones.

En RMR Abogados brindamos asesoría integral en materia fiscal, corporativa y de cumplimiento normativo.
Nuestro equipo le ayuda a revisar la situación de su empresa, validar su estatus ante el SAT y aplicar estrategias preventivas ante los nuevos escenarios del Código Fiscal de la Federación 2026.

📞 Contáctenos para fortalecer su posición fiscal y corporativa antes de que los nuevos cambios entren en vigor.

 

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