Sin duda; al presentar la declaración anual de personas físicas para este ejercicio fiscal 2023; una de las deducciones más importantes para la mayoría de los contribuyentes -Sueldos, salarios y asalariados a salarios- son las deducciones personales, aun su importancia, la autoridad fiscal las limita; esto es, el monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos generales elevados al año, o del 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto.
Es decir, el primer tope de los cinco salarios mínimos generales (UMA) elevados al año es en cantidad de $189,222.00 (ciento ochenta y nueve mil doscientos veintidós pesos 00/100 M.N.).
Y el segundo tope corresponde al 15% del total de los ingresos del contribuyente (incluyendo por aquéllos por los que no se pague el impuesto).
Es necesario aclarar que esta limitante no es aplicable a las cantidades a deducir por los conceptos de
i) Aportaciones complementarias de retiro;
ii) Colegiaturas y
iii) La deducción de las aportaciones complementarias de retiro establecen su límite propio, relevante señalar que las personas físicas del régimen simplificado de confianza no tienen deducciones; ni siquiera estas.
Por lo anterior al momento de realizar el llenado de la declaración y hacer el cálculo de las deducciones personales, el contribuyente debe asegurarse que el total no supere el monto máximo a deducir, en el presentado de la declaración el despacho RMR Abogados S.C tiene mucha experiencia, es importante que consulten a un especialista en materia fiscal.