SANCIONES PARA AQUELLOS PATRONES QUE NO ESTÉN AFILIADOS AL “FONACOT”
Este 04 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto mediante el cual se reformó la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, ateniente a imponer sanciones a los patrones que no estén afiliados al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores “FONACOT”.
Cabe resaltar que la simple afiliación de los patrones al “FONACOT” no implica responsabilidad alguna para el patrón; es un trámite sencillo y digital, por lo que, se recomienda afiliarte a dicho instituto a efecto de evitar sanciones de hasta $160,000 pesos Mexicanos.
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